¿Qué es el metaverso?, ¿Qué aportaría a las empresas B2B?, Regulaciones del Metaverso

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Está por cumplirse un año desde que Mark Zuckerberg anunció la creación de un metaverso que promete cambiar al mundo a través de nueva tecnología. Se espera que cambie la forma en la que experimentamos la realidad, la economía y las relaciones sociales. Ahora que el metaverso es un hecho, las regulaciones y legislaciones tendrán que adaptarse.

¿Qué es el metaverso?

La palabra metaverso se compone del sufijo “meta” que significa “más allá” y el complemento “verso” proveniente de la palabra “universo”, lo que significa algo como “el universo dentro del universo”. Para evitar tantos tecnicismos se puede definir al metaverso como un mundo virtual al que será posible conectarse utilizando dispositivos inmersivos como gafas de realidad virtual y complementos que permitan interactuar en él.

Aunque los mundos virtuales ya no son nuevos (pues existen gran cantidad de ellos a través de los videojuegos), en el metaverso no viviremos un mundo de fantasía. El universo virtual pretende que los usuarios vivan una realidad alternativa en la que podremos hacer las mismas cosas que hacemos hoy en día fuera de casa pero sin movernos de habitación.

La clave de este metaverso es que pueda ser totalmente inmersivo, aún más que la actual realidad virtual y, como lo mencionamos, además de gafas de realidad virtual, se contaría con sensores que registren nuestros movimientos físicos y se proyecten en nuestro avatar.

¿Qué aportaría el metaverso a las empresas B2B?

Desde la pandemia por Covid 19, muchas empresas tomaron la decisión de implementar el home-office en sus planes de trabajo. El trabajo remoto ya es una realidad para muchas personas que, incluso, adoptaron ese esquema de trabajo de forma indefinida.

En ese sentido, la creación de un metaverso crearía un ambiente laboral como si se estuviese de manera presencial. Otro aspecto importante es que en el mundo digital, las actividades económicas también se realizarán en el metaverso y actividades como la compra y venta de productos y servicios evolucionarán también.

Estamos hablando de una tecnología que revoluciona la manera actual del trabajo en casa, las ventas por internet ya no serán lo mismo, las interacciones sociales serán con avatares y surge la pregunta: Si el metaverso se caracterizará por ser una realidad alternativa, ¿cómo serían las normas?

Regulaciones del Metaverso

Los avances tecnológicos nos han sorprendido últimamente, la realidad virtual ya alcanzó casi todos los terrenos y crean conceptos nuevos como los Bitcoins, NFT´s y el metaverso; no obstante, la nueva realidad virtual no es un territorio sin ley.

Un caso que dejará precedente es el de la casa de modas Hermés, pues demandó al creador Mason Rothschild por vulnerar su derecho de marca al vender una reproducción digital en formato NFT (Non-Fungible Token, en inglés) de su famoso modelo de bolso Birkin. El derecho vinculado a las marcas y el de propiedad industrial e intelectual también se aplican al entorno digital, aunque, como señala Luis Ignacio Vicente del Olmo, consejero estratégico de PONS IP, “habrá que adaptarlo al nuevo entorno”.

El negocio en metaverso está en las transacciones económicas y representaría la evolución natural del internet de la información al “internet del valor”, apunta Efrén Díaz, abogado responsable del área de Tecnología del Bufete Mas y Calvet. Un salto que, aunque puede tardar en eclosionar, ya permite tecnologías como el blockchain (cadena de bloques). Por tanto, algunas de las principales regulaciones a armonizar serán los sistemas de pago y, sobre todo, la acreditación de la prueba digital de la propiedad.

Los mundos virtuales que conforman el metaverso tienen sus propias reglas de juego. Son plataformas privadas con normas que los usuarios aceptan al firmar los términos y condiciones. Incluso han desarrollado fórmulas para resolver conflictos en su mundo, una especie de metajurisdicción. Uno de los principales retos, apunta Vicente del Olmo, será el de la regulación de los intermediarios que, como gestores, “deberían tener responsabilidades”. Pese a no tener fronteras físicas, no escapan a la normativa de los países en los que operen, en particular, a las normas que aplican a internet.

En consecuencia, no habrá una única ley, sino tantas como lugares desde donde acceda el usuario, explica Fernández Burgueño. Un hecho, denuncia Díaz, que puede empujar a las plataformas a restringir determinados derechos territorialmente generando “categorías de personas”.

Metaverso no solo es una operación de marketing o un videojuego sensorial: los NFT, las criptomonedas o las finanzas descentralizadas pueden revolucionar el mercado y la sociedad. Es el momento, advierten los expertos, de sentar las bases de una legislación que algunos ya denominan metalaw y que irá construyéndose a golpe de los casos que sucedan en el nuevo mundo virtual. Porque lo que pase en metaverso, no se quedará en metaverso.

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